Elabora una breve definición (máximo diez líneas de extensión) de los tres términos que se señalan a continuación:
Acerca del PRIVILEGIO DE VEINTE (http://www.enciclopedia-aragonesa.com/voz.asp?voz_id=10429) podéis leer lo que sigue, así como el correspondiente enlace de la GRAN ENCICLOPEDIA ARAGONESA :
- Otorgado por Alfonso I a la ciudad de Zaragoza en 5-II-1129, y así llamado porque se prevé que aquélla elija o jure a los veinte mejores hombres. También se le conoce como privilegio del daño por el daño o "tortum per tortum", porque autoriza a los pobladores de Zaragoza para que si alguien les inflige un daño puedan pignorarle y castigarle en Zaragoza, prendándole donde mejor puedan y sin esperar ninguna otra justicia, así como a que no se dejen forzar por ningún hombre, sino que en este caso todos a una le destruyan sus casas y todo lo que tenga en Zaragoza y fuera de Zaragoza.
- También resultan muy interesantes las voces: MANIFESTACIÓN (http://www.enciclopedia-aragonesa.com/voz.asp?voz_id=8405), INQUISICIÓN (http://www.enciclopedia-aragonesa.com/voz.asp?voz_id=7113),
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