lunes, 3 de febrero de 2020

A VUELTAS CON EL CONTRACTUALISMO

¿Cómo sería la vida del ser humano si no hubiera leyes ni gobierno?

  1. Las teorías contractualistas surgen en el mundo con el ascenso de las burguesía. Dichas teorías son ficciones metodológicas que pretenden explicar cómo ha de organizarse la sociedad
  2. En el siglo XVII, la mayoría de los que teorizan sobre la política defienden la participación de los ciudadanos en el gobierno del pueblo (la excepción que confirma la regla sería Thomas Hobbes que desarrollará la teoría del pacto social para poder justificar el poder absoluto de los monarcas). 
  3. Para poder explicar cómo el poder le pertenece al pueblo y que la autoridad lo recibe de él (recuerden cómo los pensadores cristianos, por citar un ejemplo, defendían siglos atrás que el poder de los gobernantes procedía de dios), recurren a las llamadas teorías contractualistas. Se trata de un artificio o una ficción que les permitía explicar tanto el poder que posee la autoridad , como la orientación que se ha de seguir al ejercerlo.
  4. En las teorías contractualistas, el ser humano vivía en un principio en estado de naturaleza (aislado de los demás), pero por decisión propia decide vivir en sociedad porque le resulta más beneficioso unirse con los demás que vivir solo. Esta decisión de vivir en sociedad la formaliza en un pacto o contrato, en el que se establecen las reglas que regularán la vida en sociedad. De lo anterior se infiere que el individuo es anterior a la sociedad, la cual está al servicio del individuo.
  5. ¿Significa lo anterior que el ser humano NO es social por naturaleza? En absoluto. El que la sociedad nazca como consecuencia de un pacto no implica que piensen que el hombre pueda realizarse como tal al margen de los demás.
Tomado de Baigorri, J.A. (coord), Filosofía de Bachillerato I, Zaragoza, Edelvives, 2015, pp. 174-177.


                  Pablo Romero,catedrático en Filosofía,analiza un nuevo capítulo de Merlí. Este episodio se basa en el trabajo de Hobbes

EL NATURALISMO

Frente a las teorías contractualistas, hallamos las Teorías naturalistas por las que el Estado sería algo natural y en cierto sentido previo al individuo. Desde este punto de vista, el individuo solo tiene sentido dentro del Estado y para el Estado, por lo que los derechos individuales estarían subordinados a los colectivos. Dentro de estas teorías podemos comprender a autores como Platón o Aristóteles. En general, las doctrinas naturalistas suelen comparar el Estado con un organismo, defendiendo el origen natural del mismo. Esta idea se basaba normalmente en los siguientes argumentos:
  • El ser humano aislado no puede sobrevivir, pues es incapaz de satisfacer por sí solo sus necesidades vitales. Necesita asociarse con otros.
  • El ser humano es por naturaleza social.
  • La finalidad del Estado no es solamente la supervivencia sino también el vivir bien (en sentido moral) de los individuos. Ahora bien, bajo esta teoría ¿qué problema palpita?
                       ¿Qué es antes la hormiga o el hormiguero?


ACTIVIDAD DE LECTURA
"Así, la humanidad, a pesar de todos los privilegios que conlleva el estado de naturaleza, padece una condición de enfermedad mientras se encuentra en tal estado, y por eso se inclina a entrar en sociedad cuanto antes. Por eso sucede que son muy pocas las veces que encontramos grupos de hombres que viven continuamente en estado semejante. Pues los inconvenientes a los que están allí expuestos (inconvenientes que provienen del poder que tiene cada hombre para castigar las transgresiones de los otros) los llevan a buscar protección bajo las leyes establecidas del gobierno, a fin de procurar la conservación de su propiedad. Esto es lo que los hace estar tan deseosos de renunciar al poder de castigar que tiene cada uno, y de entregárselo a una sola persona para que lo ejerza entre ellos; esto es lo que los lleva a conducirse según las reglas que la comunidad, o aquellos que han sido por ellos autorizados para tal propósito, ha acordado. Y es aquí donde tenemos el derecho original del poder legislativo y del ejecutivo, así como el de los gobiernos de las sociedades mismas."
J. Locke: Segundo tratado sobre el gobierno civil. Capítulo 9

Trata de contestar a las siguientes cuestiones relacionadas con el texto:
  1. ¿Por qué motivo desea el ser humano renunciar al estado natural y firmar el contrato?
  2. ¿Qué fin espera conseguir con el contrato?
  3. ¿A qué renuncia el ser humano en el contrato?

EL NEOCONTRACTUALISMO

Las teorías contractualistas han sido reinterpretadas por algunos filósofos. Es el caso del pensador estadounidense contemporáneo John Rawls (1921-2002), al que generalmente se le considera neocontractualista. El objetivo de Rawls se centra especialmente en el estudio de la justicia y en qué consistiría una sociedad realmente justa.
Para su análisis, que desarrolla fundamentalmente en su obra Teoría de la Justicia, recoge la hipótesis de los contractualistas acerca de la existencia de un estado de naturaleza, previo a la sociedad y del cual surgiría un contrato fundacional.
Rawls cree que si el contrato social se firma bajo alguna forma de presión, como el miedo o la inseguridad, no puede dar lugar a una sociedad justa. Para superar este inconveniente, Rawls propone lo siguiente: que todos los individuos, en la posición original, estén bajo el "velo de ignorancia", un velo que les impida saber el lugar que ocuparán en la sociedad, así como cuál es su punto de partida (si son inteligentes, fuertes o creativos...). Es decir, desde el desconocimiento podrán establecer normas realmente equitativas y justas, pues tratarán de asegurar que su posición, sea la que sea, esté en igualdad de condiciones con cualquier otra.
El "velo de ignorancia" asegura, a juicio de Rawls, que cada individuo tiene en cuenta la posible posición de cualquier otro. Y obligado a elegir entre todos los puntos de vista posibles, su elección será racional y justa.
Rawls propone que si los individuos firman el contrato bajo las condiciones impuestas por el "velo de ignorancia" estarían de acuerdo en dos principios básicos:
    • Principio de libertad: todas las personas deben tener el derecho a gozar de las mismas libertades y en la mayor medida posible, siempre que éstas sean compatibles con las libertades de los demás.
    • Principio de la diferencia: las desigualdades sociales y económicas solo están justificadas si benefician a los miembros menos aventajados de la sociedad (algo parecido a lo que hoy se denomina "discriminación positiva"). Esto debe asegurar que cualquier posición social debe estar abierta a cualquier miembro en igualdad de condiciones, es decir, que debe existir una justa igualdad de oportunidades.
    Estos dos principios constituyen la esencia de lo que Rawls entiende por justicia, y que ha recibido el nombre de teoría de la justicia como equidad. Puesto que para Rawls el principio de libertad es más importante que el de la diferencia —si hubiera un conflicto entre ambos sería prioritario el principio de libertad— su planteamiento político es el liberalismo.
    Rawls mantiene que el Estado, que solo es legítimo si se sostiene sobre los dos principios anteriores, debe cumplir un importante papel en la redistribución de la riqueza, la protección de los más débiles y la creación de una situación de verdadera igualdad de oportunidades; pero, por encima de todo, garantizar el goce y usufructo de las libertades individuales.

     Tomado de http://e-ducativa.catedu.es/44700165/aula/archivos/repositorio//1250/1266/html/24_rawls_el_velo_de_la_ignorancia.html

                                                                                 Imagen de Víctor Rivero en Flickr con licencia CC.2.0

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